En Prestópolis, saludamos la iniciativa del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) por la publicación del proyecto de modificación del Reglamento de la Actividad de Financiamiento Participativo Financiero (FPF).

Este proyecto representa un avance significativo en la consolidación de un ecosistema financiero tecnológico más moderno, transparente y competitivo, que impulse el acceso al capital tanto para desarrolladores inmobiliarios como para inversionistas en todo el país.

🔹 Principales propuestas del proyecto:

  1. Ampliación de los límites de financiamiento

    Se propone incrementar el monto máximo de financiamiento por proyecto empresarial de 500 UIT a 1,000 UIT, y el monto total que un receptor puede obtener en un periodo de 12 meses hasta 1,500 UIT.

    Esta medida permitirá estructurar operaciones de mayor escala dentro del sistema de FPF, manteniendo los mecanismos de control, transparencia y obligaciones de información que garantizan la seguridad de los inversionistas.

  2. Posibilidad de financiar proyectos fuera del Perú

    Se plantea autorizar que los proyectos empresariales puedan desarrollarse fuera del territorio nacional, siempre que el receptor cumpla con requisitos específicos, como:

    Haber financiado exitosamente un proyecto en los últimos 24 meses.No registrar incumplimientos.Contar con al menos 4 años de operaciones en el Perú.No estar ubicado en jurisdicciones de riesgo.

    Esta propuesta abre las puertas a la internacionalización del financiamiento participativo, potenciando la competitividad del sector peruano a nivel regional.

  3. Incorporación del rol de representante de obligacionistas

    Las sociedades administradoras de plataformas de FPF podrán ser designadas como representantes de los obligacionistas en emisiones de valores de deuda gestionadas a través de sus plataformas.

    Este rol permitirá una mayor eficiencia en la gestión y cobranza de las obligaciones del receptor, además de fortalecer la confianza en el sistema. Las plataformas deberán comunicar previamente a la SMV su decisión de ofrecer este servicio.

  4. Difusión para la transferencia de valores previamente colocados

    Las plataformas podrán ofrecer un entorno de difusión para la transferencia de valores previamente emitidos, facilitando el intercambio entre inversionistas.

    Es importante resaltar que esta función no constituye un mercado secundario ni un mecanismo de formación de precios, sino un espacio de información bajo las condiciones y actualizaciones que establezca el reglamento.

En Prestópolis, nuestro compromiso con el crecimiento financiero del país

Desde Prestópolis, reafirmamos nuestro compromiso con la innovación, la transparencia y el fortalecimiento del mercado de capitales peruano, impulsando un modelo de inversión colaborativa que acerque a más personas y empresas a nuevas oportunidades de crecimiento.

Creemos firmemente que la evolución normativa del Financiamiento Participativo Financiero (FPF) permitirá que el crowdfunding inmobiliario y empresarial siga consolidándose como una alternativa segura, regulada y rentable para todos los actores del mercado.

📈 Prestópolis: conectamos proyectos con propósito con inversionistas que buscan construir futuro.